Prensa > Comunicados > Tras el dictamen del Procurador General

La Corte debe declarar en forma urgente
la nulidad de las leyes de impunidad

Difundido el 20 de mayo de 2005


Tras el dictamen del Procurador General de la Nación a favor de la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Plata exige a la Corte Suprema de Justicia de la Nación una resolución urgente del asunto para avanzar en el juzgamiento de los genocidas de la última dictadura cívico-militar.
El dictamen del Procurador, Esteban Righi, recoge los fundamentos de jurisprudencia necesarios para que una mayoría en la Corte Suprema rechace todo planteo tendiente a convalidar dos leyes infames que fueron declaradas nulas por el Congreso Nacional.

En el texto, que puede bajarse del sitio de la APDH La Plata (clic aquí), Righi indica que la Convención Americana de Derechos Humanos fue ratificada por la República Argentina en 1984, antes de la sanción de las leyes de impunidad y que por esto ya pertenecía al orden jurídico nacional.

También menciona el caso "Barrios Altos", ocurrido en Perú, en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el deber de investigar y sancionar de los Estados partes implicaba la prohibición de dictar cualquier legislación que tuviera por efecto conceder impunidad a los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos.

Righi rescata el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, también vigente en el derecho interno al tiempo de sanción de esas leyes, en donde se indica que no se podrá eximir de responsabilidad penal a ningún funcionario público o estatal.

El Procurador indicó además que las leyes de Punto Final y Obediencia Debida son incompatibles con diversas cláusulas de la Constitución Nacional. Se centró en el artículo 29, que prohibe las facultades extraordinarias y la suma del poder público, y explicó que "los términos enfáticos con que está concebida esa cláusula constitucional y la nulidad insanable con que se fulmina a los actos que describe implican una restricción a la facultad del Congreso de conceder amnistías".

En otro orden, Righi señaló que con la ley de Obediencia Debida "el Congreso invadió competencias del Poder Judicial, violando las salvaguardas de la división de poderes", y que por ello es inconstitucional.

La APDH La Plata entiende que la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe recoger estos argumentos, y otros precedentes expresados en diversas causas por violaciones a los Derechos Humanos, y declarar sin más demora la nulidad e inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.

 

Mesa Directiva - 20 de mayo de 2005.


Ir arriba

 
 

1