La
situación procesal de Etchecolatz
Un
represor que entra y sale de la cárcel
Si
bien al represor Miguel Etchecolatz se le complicó
bastante su situación en las causas por
violaciones a los Derechos Humanos durante la
dictadura, el beneficio de tener más de
70 años le ha permitido tener períodos
intermitentes de detención en cárceles
comunes. Lo que sigue es un esquema básico
de su situación procesal:
Abril
2001. El juez Corazza lo arresta por
el "caso Sanz", referido a la supresión
de identidad de una hija de desparecidos. Diez
días después, le concede el arresto
domiciliario: primero en Buenos Aires y luego
en Mar del Plata.
Julio
2001. La Cámara Federal confirma
el procesamiento en el "caso Sanz".
Marzo
2004. En el juicio oral por el "caso
Sanz", Etchecolatz es condenado a 7 años
de prisión. Pero sigue cumpliéndola
en forma domiciliaria.
Septiembre
2004. Se reabre la "causa Camps"
y el juez Corazza detiene al represor, que empieza
a cumplir su condena de 23 años de prisión
en ese expediente. El represor se aloja dos meses
en la sede de la Policía Federal de La
Plata y luego va a la Cárcel de Devoto.
Diciembre
2004. Corazza lo indaga y procesa en
la causa de la comisaría 5°.
Marzo
2005. La Cámara de Casación
le rebaja la condena en el caso Sanz a 3 años.
Septiembre
2005. La Cámara Federal de La
Plata le otorga arresto domiciliario en otra causa:
el expediente "Schiffrin s/denuncia",
que investiga casos denunciados en el Juicio por
la Verdad. Después de 11 meses de encierro,
Etchecolatz vuelve a su casa de Mar del Plata.
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LA
PLATA.- La Unidad Fiscal Federal solicitó ante
la Cámara Nacional de Casación Penal que
se revoque el arresto domiciliario del represor Miguel
Etchecolatz. La fiscalía cuestionó la "arbitrariedad"
de la resolución que, hace dos semanas, le otorgó
ese beneficio, y pidió que el ex comisario general
regrese a la cárcel de Devoto para seguir cumpliendo
allí sus condenas y prisiones preventivas por delitos
de lesa humanidad.
En el escrito, presentado ayer a última hora y
firmado por el fiscal Sergio Franco, la Unidad Fiscal
sostuvo que la resolución de la Sala III de la
Cámara Federal de La Plata que el pasado
30 de agosto dispuso el arresto domiciliario de Etchecolatz
es "incongruente" con la ley 24.660, que regula
este beneficio, ya que los jueces consideraron erróneamente
"que la edad es condición suficiente para
acordar la prisión domiciliaria".
En
aquella resolución, la Cámara Federal
de La Plata sólo tuvo en cuenta que Etchecolatz
era mayor de 70 años, pero omitió los
demás requisitos que, a criterio de la fiscalía,
debían haber sido tenidos en cuenta, como los
informes médicos ordenados por la Justicia, y
las condenas y procesamientos que pesan sobre Etchecolatz
por su responsabilidad en delitos de lesa humanidad
durante la última dictadura (ver recuadro y 010905).
La
Unidad Fiscal señaló que la medida adoptada
por los camaristas platenses es "arbitraria",
ya que sólo analiza el informe psico-físico
efectuado por el médico personal del represor,
y se refiere "sólo de manera fragmentaria
al que elaboraron los profesionales del Hospital de
la Unidad Nº 2 (Devoto), en donde expresan que
el paciente se encuentra estable y compensado y, de
acuerdo con la evaluación psiquiátrica,
en condiciones de cumplir su condena en una unidad carcelaria".
"Teniendo
en cuenta los crímenes por los que Etchecolatz
resultó condenado, el imputado reviste un alto
grado de peligrosidad social", indicó Franco
en su presentación, al cuestionar el argumento
de la sala III de la Cámara Federal platense,
que había considerado que "la gravedad de
los delitos no alcanza para impedir el beneficio"
de la prisión domiciliaria.
En
este sentido, la fiscalía destacó que
tiene "graves sospechas de que, desde su hogar,
el imputado puede obstruir la averiguación de
la verdad respecto de los casos de desaparición
forzada de personas y, sobre todo, de la búsqueda
de niños apropiados por los cuales se encuentra
comprometida su responsabilidad penal".
Se
rescataron además los argumentos que el juez
federal Arnaldo Corazza utilizó para rechazar
dos veces el beneficio de la domiciliaria solicitado
por el represor.
En
esas oportunidades, el magistrado sostuvo que "va
más allá de lo tolerable que Etchecolatz
purgue la condena que se le dictara dentro de la comodidad
de un hogar", y agregó que eso "constituiría
un evidente e insoportable privilegio respecto de otros
condenados de pocos años menos de edad, que habiendo
cometido delitos de menor gravedad y padecer una salud
quebrantada sin llegar a un estado terminal, se ven
impedidos de acceder al beneficio" del arresto
domiciliario.
Siguiendo
ese criterio, la fiscalía señaló
que es preciso "evitar todo tipo de trato diferencial
o privilegiado que, injustificadamente y según
la persona del sujeto encarcelado, pueda vulnerar el
principio de igualdad" ante la ley que fija la
Constitución Nacional.
"Etchecolatz
se encuentra en condiciones físicas y psicológicas
de cumplir la condena impuesta en prisión, de
acuerdo con el informe remitido por el Hospital Penitenciario
II (de Devoto) se indicó. Más
aún cuando el Servicio Penitenciario Federal
cuenta con Hospitales intramuros y pabellones especiales
para personas de más de 60 años".
La
fiscalía agregó: "La permanencia
del imputado en la mencionada Unidad no importaría
un agravamiento de su salud distinto del que sufriría
fuera de prisión, por el mero paso del tiempo".