LA
PLATA.- El represor Miguel Osvaldo Etchecolatz fue beneficiado
con el arresto domiciliario, que comenzó a cumplir
desde ayer en su domicilio de Mar del Plata, luego de
notificarse de la resolución judicial.
El
fallo, de sólo tres páginas, fue dictado
el martes por la Sala III de la Cámara Federal
de esta ciudad, integrada por los jueces Antonio Pacilio,
Carlos Nogueira y Carlos Vallefín. Se resolvió
a partir de una presentación del represor en
el expediente conocido como "causa Etchecolatz",
iniciado por un pedido de indagatoria del camarista
Leopoldo Schiffrin en 1999, en base a denuncias efectuadas
en el Juicio por la Verdad.
La
decisión de los camaristas deja sin efecto lo
dispuesto el año pasado por el juez federal Arnaldo
Corazza, quien había resuelto la detención
de Etchecolatz en el pabellón de gerontes de
la Cárcel de Devoto, en cumplimiento de la sentencia
a 23 años de prisión en el marco de la
"Causa Camps" (ver 231104).
"Rechazamos
la decisión. Tal como la APDH La Plata lo ha
manifestado en innumerables oportunidades, los genocidas
tienen que cumplir cárcel efectiva", dijo
a esta Secretaría de Prensa Marta Vedio, Secretaria
General de la APDH La Plata.
Vedio
agregó que "en el caso particular de Etchecolatz
podemos decir sin temor a equivocarnos que es responsable
por la suerte corrida por miles de víctimas,
cuya desaparición, tormentos y el sufrimiento
de sus familiares exige justicia concreta y tangible".
Fuentes
judiciales informaron a esta Secretaría que el
ex Director de Investigaciones de la Policía
bonaerense se notificó ayer miércoles
del fallo. Esto determinó la salida de Etchecolatz
de Devoto hacia su casa ubicada en el Bosque Peralta
Ramos de Mar del Plata.
El
represor estaba en Devoto por las condenas en la "causa
Camps" y en la "causa Sanz" y por los
procesamientos dictados en su contra en la "causa
Etchecolatz" y en la causa penal por lo ocurrido
en la comisaría 5° de La Plata.
Lo
resuelto por la Cámara Federal tiene más
peso que lo dispuesto por el juez Corazza, por lo que
el único margen para que el represor vuelva a
una cárcel común es una apelación
de la fiscalía o de los querellantes ante la
Cámara Nacional de Casación Penal.
El
fallo de los jueces de la sala III cita un informe médico
del represor, aunque no lo considera como fundamento:
allí sólo se cita le ley 24.660, que dice
que se otorga arresto domiciliario "al que tenga
70 años o una enfermedad terminal". El represor,
que tiene 76 años, cumple la primera condición,
en el razonamiento de los jueces, que sólo se
basaron en esa cuestión para firmar el fallo.
"Es
claro que este precepto consagra la posibilidad del
arresto domiciliario cuando el condenado tenga más
de setenta años o que padezca de una enfermedad
incurable en período terminal. Esto es, dos son
las posibilidades admisibles: a) una relativa a la edad
y b) otra referida a las condiciones psico-físicas
del condenado", dijeron los jueces.
Y
agregaron: "el caso del señor Etchecolatz
encuadra dentro de la primera alternativa de la norma
que prevé la facultad judicial de disponer el
arresto domiciliario si la persona cuenta con más
de 70 años".
Al
resolver el arresto domiciliario, los camaristas se
limitaron a considerar la edad de Etchecolatz sin profundizar
en los razones médicas que podrían determinar
la necesidad de la medida y omitiendo alguna referencia
a la condena a 23 años de prisión dictada
contra el represor en 1986 en la "causa Camps"
por 73 casos de tormentos, que comenzó a cumplirse
el año pasado