9 de septiembre de 2003


Derivaciones penales del Juicio por la Verdad

Von Wernich: la Cámara resuelve
que Corazza es competente

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata ratificó la competencia de los tribunales de primera instancia de este distrito y le ordenó al juez Corazza instruir la causa contra el sacerdote represor.

Ver además: 
Von Wernich quedó arrestado a disposición del juez Corazza
(06-08-03)

 
El fiscal pide detención e indagatoria de cura Von Wernich (05-02-03)

Declaración sobre la libertad de Von Wernich:
Von Wernich, un genocida que debe estar preso (08-08-03)

Por Lucas Miguel (Secretaría de Prensa)


LA PLATA.- La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de esta ciudad resolvió ayer a favor de la competencia del juez Arnaldo Corazza para investigar los crímenes cometidos por el sacerdote Christian Federico Von Wernich, tal como lo habían solicitado en su momento la APDH La Plata y el fiscal Félix Crous. 

"Es el momento de citar a Von Wernich a declaración indagatoria", declaró la secretaria Jurídica de este organismo, Marta Vedio.

Los camaristas Leopoldo Schiffrin y Sergio Dugo terminaron así con un conflicto que llevaba casi seis meses -Corazza se declaró incompetente el 13 de marzo- y que había sido puesto como argumento por el juez para liberar al cura un día después que fuera apresado por la Cámara, el 6 de agosto pasado, en el Juicio por la Verdad.

En las últimas dos semanas los jueces de la Sala II -que se completa con Julio Román Frondizi, quien no participó de la votación- recibieron dos pedidos de "pronto despacho" de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo y de una víctima que pidió no ser identificada. 

Fuentes judiciales informaron que Von Wernich se notificó hoy del fallo en el despacho de la 
defensora oficial María Inés Spinetta. Las mismas fuentes sostuvieron que la semana pasada la Cámara Federal había querido notificar al cura en el Obispado de 9 de Julio y que allí desconocían su paradero. Entonces, los jueces se dirigieron a la defensora oficial, quien le habría avisado al cura que lo estaban buscando. Hoy el sacerdote represor se presentó en la defensoría, se notificó y fijó domicilio en la Capital Federal.

El fallo que ratifica la competencia de La Plata desarrolla sólo el voto del juez Schiffrin, con la adhesión de Dugo. "La materia de la causa 'Camps' consistía en juzgar responsabilidades provenientes del comando, pero no investigar todas las infracciones posibles cometidas bajo ese comando por autores directos, y no por los autores mediatos que disponían del aparato organizado de poder", dice el fallo, en respuesta al principal argumento de Corazza, quien había expuesto una vieja resolución de la Corte Suprema en la denominada causa "Camps". Aquel fallo de 1985 ordenaba concentrar en los tribunales porteños la investigación de los delitos cometidos en esta zona. 

La de Corazza, señala Schiffrin, "es una inadecuada comprensión de lo resuelto por la Corte Suprema".

El camarista también rescata el fallo del máximo tribunal en el caso "Arsinoe Avellaneda" -que salió seis días antes que el de la causa "Camps"-, en el que se sostiene que "el objeto de las causas originalmente iniciadas con el fin de investigar privaciones ilegítimas de la libertad -e inclusive el homicidio vinculado a tal delito- está limitado a descubrir a los autores directos del hecho y a establecer el grado de culpabilidad, mientras que lo concerniente a la responsabilidad que cupiera asignar a raíz de las órdenes que personas investidas de mando superior hayan omitido u omitido impartir, debe ser materia de juzgamiento separado". Eso, finalmente, fue lo que ocurrió: la Cámara Federal porteña investigó "por separado" la responsabilidad de los altos jerarcas en la conducción de la represión ilegal. Y ahora queda investigar y juzgar a los ejecutores, entre ellos Von Wernich.

Asimismo, el juez Schiffrin se extiende en argumentar contra la competencia de las cámaras federales para intervenir en los procesos penales, tal como lo había ordenado la ley 23.049 de 1984, que estableció a las cámaras federales como instancia de revisión del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas. El voto del camarista señala contra ello -y a favor de la competencia de los tribunales de La Plata- que la Convención sobre Desaparición Forzada de Personas, de rango constitucional, reemplaza lo prescripto en aquella ley, ya que señala que esos crímenes deben ser "juzgados por las jurisdicciones de derecho común competentes en cada Estado". 

Schiffrin expone además que el Pacto Interamericano de Derechos Humanos, también con rango constitucional, indica que "la doble instancia penal es una garantía incompatible con el juzgamiento en única instancia". 

Por último, el camarista sostiene que "no puede olvidarse" que el juzgamiento en el lugar donde ocurrieron los crímenes "es una exigencia del debido proceso" y que "en los casos de los delitos que se desarrollan en varias jurisdicciones territoriales, debe referirse la más apta para la buena marcha de la administración de justicia, la economía procesal y la defensa de los imputados". 

"En consecuencia, el punto referido a la posibilidad de intervención de los tribunales federales de la ciudad de Buenos Aires debe ser excluido", culmina Schiffrin. 

Von Wernich fue imputado por el fiscal Félix Crous de complicidad primaria en los delitos de privación ilegal de la libertad, torturas, sustracción, retención y ocultamiento de persona, supresión de estado civil y falsedad ideológica, y participación primaria o secundaria en homicidio calificado. 

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