Lunes 23 de abril de 2001


Prisión preventiva y embargo de $1 millón para Bergés y Etchecolatz 
El juez Corazza dictaminó que el médico policial tuvo una "participación indiscutible" en la supresión de identidad de Carmen Sanz. A Etchecolatz, en tanto, lo imputa por ser su jefe.

(pulse aquí para ver el texto completo fallo en sección jurídica)


Por Francisco Martínez
(Secretaría de Prensa) 


LA PLATA (23abr01).- El juez federal Arnaldo Corazza dictó esta mañana el procesamiento con prisión preventiva y el embargo por un millón de pesos cada uno de los ex represores Jorge Bergés y Miguel Osvaldo Etchecolatz, en la causa en la que investiga la supresión de identidad de Carmen Sanz, nacida en cautiverio durante la última dictadura militar.

En una resolución de once carillas, Corazza entendió que Bergés "tuvo una participación indiscutible en la supresión de identidad de Carmen Sanz", y que a Etchecolatz, al ser superior del médico en la Dirección de Investigaciones de la Policía provincial, "le cabe igual reproche", en razón de la cadena de mandos. 

De esta forma el juez resolvió la situación procesal de los dos principales imputados en la causa, teniendo en cuenta su respectiva declaración, la de los padres adoptivos de Carmen Sanz, la de la propia joven, y la de ex detenidos de centros clandestinos.

Corazza señaló en su fallo que "si bien no se encuentra fehacientemente acreditado el lugar de nacimiento de Carmen Sanz (podría haber sido el Pozo de Quilmes, indica), lo cierto es que el imputado Bergés tuvo una participación indiscutible en la supresión de identidad de Carmen Sanz, toda vez que fue el médico obstetra que firmó la constancia del nacimiento en el que figuraban otros padres distintos a los biológicos".

El acta de nacimiento fue encontrada el viernes por el juez, luego de librar un oficio al juzgado provincial de Transición N°1, que tenía en su poder una causa por privación ilegal de la libertad, en la que figuraba ese documento.

"Igual reproche -continúa el juez- le cabe al imputado Etchecolatz en razón de que los mandos inferiores que actuaron en la denominada "represión a la subversión", lo hicieron en cumplimiento de órdenes superiores y siguiendo inexorablemente la cadena de mandos", reseña Corazza para establecer la imputación de "autoría mediata" que le cabe al ex comisario General, que está beneficiado con la prisión domiciliaria en este expediente.

Carmen Sanz nació en cautiverio el 27 de diciembre de 1977. Su madre, la uruguaya Aída Celia Sanz Fernández, fue secuestrada cuatro días antes junto a su madre, Elsa Ferández. Ambas están desaparecidas.

El magistrado enumera en sus fundamentos el estudio de ADN que dio un porcentaje de "99,99949% de no exclusión" a la familia biológica, y la declaración de los padres adoptivos de Carmen Sanz, quienes "jamás se imaginaron que dicha beba podría haber nacido en cautiverio, toda vez que Bergés les había referido que en su clínica había madres que luego de nacer sus hijos no los querían".

También menciona la indagatoria a Etchecolatz realizada el 6 de abril, en la que el ex represor negó los hechos y delegó la responsabilidad en Bergés: dijo que éste era el único médico de la Dirección de Investigaciones, que en su condición de obstetra era el encargado de atender a detenidas embarazadas, y que si estas "tenían algún problema con el embarazo, el médico tenía la obligación de avisar a la Dirección a la cual pertenecía".

En su propia indagatoria, Bergés admitió ser el único en su especialidad en la Dirección, negó haber atendido el nacimiento de Carmen Sanz, y afirmó que "recibía órdenes de revisar a todos los detenidos que estaban en esa situación (embarazadas)", y que "entre los lugares de detención (a los que concurría) se encontraba la Brigada de Investigaciones de Quilmes".

Corazza también recordó que si bien en la "Causa Camps" Bergés fue absuelto en casi 120 imputaciones, "surge evidente que no fue absuelto ni tampoco condenado por los delitos de supresión de identidad y falsificación de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas". Por lo que lo considera "prima facie", autor penalmente responsable del delito de supresión de identidad agravado y falsificación ideológica de instrumento público. El primero de los delitos también es imputable, según la resolución que firmó hoy Corazza, al ex comisario Etchecolatz.


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